Un socio ha pedido un notario para la junta
¿Qué consecuencias tiene que el administrador no atienda a esta solicitud?
Un administrador de una SL, tras convocar una junta de socios, recibió la petición de un socio de que asistiera un notario a dicha junta para que éste levantara acta notarial. Sin embargo, el administrador desoyó la petición y la junta se celebró sin presencia del notario.
Pues bien, en primer lugar, debe tenerse en cuenta que la ley permite que cualquier socio (o varios conjuntamente) que tenga, al menos, el 5% del capital social (1% en las SA) puede solicitar la presencia de un notario a la junta para que levante acta notarial de la reunión. Al respecto:
- Debe solicitarlo con cinco días de antelación a la fecha de celebración de la junta. Por tanto, si se cumple con este requisito (junto con el de tener el porcentaje del capital social correspondiente), el administrador no puede negarse ni ignorar la solicitud del socio.
- Aunque la ley no exige ningún requisito formal, es conveniente que la solicitud se remita a través de algún medio que deje constancia de su envío y de su recepción.
Pero ¿qué ocurre si el administrador ignora o se opone a la solicitud y la junta se celebra sin notario? Pues bien, en ese caso, la ley establece que los acuerdos adoptados en la junta serán nulos e ineficaces.
Por tanto, si uno de los socios (el que hizo la solicitud o cualquier otro) impugna judicialmente dichos acuerdos y la solicitud se realizó en el plazo legalmente establecido, con toda probabilidad el tribunal dará la razón al socio (o socios) demandante.
Por su lado, si el administrador alega que no recogió el burofax a tiempo (y que, por tanto, tuvo conocimiento de la solicitud de notario con posterioridad a la junta), este argumento puede no ser tenido en cuenta por los tribunales: si el socio prueba que cumplió con los requisitos legales al realizar la solicitud, los acuerdos serán automáticamente nulos si la junta se celebró sin notario, por lo que será indiferente cuál fue la conducta del administrador.
Nuestros profesionales le asesorarán y ayudarán en todas las cuestiones legales relacionadas con su cargo de administrador o bien con sus derechos como socio.
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